15 de Agosto
OFICIALMENTE SANCIONADO
En la página oficial de la ACTC salió el comunicado de la CAF en la que resuelve hacerlo largar en la última posición a Mauro Giallombardo en la grilla final de las próximas cuatro carreras que intervenga. A su vez, la multa de 180 mil pesos por la ventaja deportiva obtenida por el equipo.
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Luego de la reunión de todos los martes, la CAF de la ACTC determinó sacar el comunicado oficial sobre el tema Mauro Giallombardo y el video que muestra al auto de Mariano Werner andado por las calles de Lincoln.
El mismo dice:
"La resolución venida a esta CAF del H. Tribunal de Apelaciones de la ACTC en la presente causa, con relación al piloto Mauro Giallombardo y a la firma Luma Group SRL en su carácter de titular de Lincoln Sport Group.
Y considerando:
Que ambas personas han sido citadas en los términos del art. 17-004 del RDA, a ejercer su derecho de defensa, y se encuentran agregados sus descargos:
Que se han tomado las declaraciones testimoniales propuestas por las partes;
Que no han resuelto los testimonios aportados, ni la documental acompañada, atenuantes respecto de las violaciones reglamentarias en lo que respecta a la adquisición de datos obtenidas dentro de los espacios y tiempos permitidos. Más aún, surge de las declaraciones testimoniales la convicción de que específicamente en el tema de asentamiento de pastillas y discos de freno, es posible trasladar la mejora obtenida de un vehículo a otro, por lo que corresponde mantener el criterio respecto a la sanción de los restantes pilotos involucrados. Sin embargo con relación al monto de la multa aplicada al Lincoln Sport Group, y a tenor de los elementos ahora emergentes, es procedente reconsiderar el monto originariamente dispuesto.
Por tales razones y atento a los elementos acreditados en autos y expuestos en la resolución oportunamente apelada, esta CAF de la ACTC, resuelve:
Art. 1: Aplicar al piloto integrante del Lincoln Sport Group, Mauro Giallombardo, la sanción de retraso de los puestos necesarios para largar en la última posición de la grilla final durante las próximas cuatro carreras en que intervenga, y siempre que se encuentre habilitado para integrar la misma, luego de participar en sus series clasificatorias, atento a la violación del art. 55 inc. 2 del Reglamento General del Campeonato Argentino de Pilotos Año 2013 de la categoría Turismo Carretera.
Art. 2: Aplicar al Lincoln Sport Group, a merito de la violación de los reglamentos técnicos y deportivos de la categoría, la sanción de multa (art. 17-006 del RDA) de $ 180000 (pesos ciento ochenta mil), por la ventaja deportiva obtenida para sus automóviles de competición, en violación a disposiciones ya citadas del Reglamento de Campeonato 2013 para la categoría Turismo Carretera, y el art. 17-002 inc. C) del RDA".
Ahorá habrá que esperar la decisión del piloto de Bernal de apelar o no para saber a partir de cuando empieza a cumplir con esta sanción.
Ahorá habrá que esperar la decisión del piloto de Bernal de apelar o no para saber a partir de cuando empieza a cumplir con esta sanción.
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